La Cámara Federal de Córdoba estableció el vínculo directo entre la vacuna rusa y el fallecimiento de Melín Agustina Sartori, de 24 años
Por Valentín Diez Zeballos
El hecho ocurrido dos semanas después de su inoculación. El Estado nacional deberá indemnizar a la familia.
La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dictó un fallo sin antecedentes en el país al reconocer la relación causal directa entre la aplicación de la vacuna Sputnik V contra el Covid-19 y la muerte de Melín Agustina Sartori, una joven de 24 años que falleció el 29 de julio de 2021, catorce días después de recibir la primera dosis del inmunizante. El tribunal ordenó al Estado nacional avanzar en el pago de la indemnización prevista por la ley 27.573, otorgándole un plazo de treinta días para completar ese proceso.
Sartori era estudiante de historia, practicaba deporte con regularidad y no tenía enfermedades previas. Según relató su madre, la médica Virginia Ruiz, la joven decidió vacunarse para no representar un riesgo para las personas a quienes asistía en centros de ayuda social. Recibió la primera dosis de Sputnik V el 15 de julio de 2021. A los pocos días comenzó con dolor abdominal intenso y, el 24 de ese mes, tuvo vómitos y una cefalea severa que motivaron su internación. El cuadro evolucionó hacia una trombosis con trombocitopenia y luego derivó en un deterioro neurológico irreversible.
La clave: una reclasificación científica tardía
El caso estuvo durante años en un limbo institucional. En su momento, la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa) había catalogado el evento como "Indeterminado B1", una categoría que indicaba relación temporal con la vacuna pero sin evidencia suficiente para establecer causalidad. Sobre esa base, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo rechazó el reclamo administrativo presentado por la familia.
Sin embargo, en 2024, la propia CoNaSeVa reevaluó el caso a la luz de la nueva evidencia científica internacional y lo reclasificó como "Relacionado A1", reconociendo la existencia de causalidad con la vacuna. El fallo consideró ese cambio técnico como un elemento central de la resolución. "La discusión sobre el nexo causal, lejos de persistir, se encuentra técnicamente despejada", escribió en su voto la jueza Liliana Navarro.
El tribunal señaló además que la ley 27.573 no requiere certeza absoluta para acreditar el daño, sino la "preponderancia de la evidencia", un umbral que, según la sentencia, la evidencia aportada por la madre "satisface holgadamente".
Los informes médicos que definieron el caso
Entre las pruebas incorporadas al expediente, resultaron determinantes los dictámenes de especialistas en hematología, farmacovigilancia y bioética. La hematóloga Ana Romina Montivero concluyó que la ausencia de heparina en los análisis de la paciente le permitía afirmar sin margen de duda que los síntomas respondían a la vacunación. La especialista en farmacovigilancia Raquel Herrera Comoglio sostuvo que Sartori presentó un síndrome de trombosis con trombocitopenia inducido por vacuna —conocido por su sigla en inglés, VITT— y que ese cuadro fue la causa directa de su muerte.
Otro elemento decisivo fue la detección de anticuerpos, compatibles con el síndrome VITT, sin que hubiera antecedentes de exposición previa a heparina, una de las causas alternativas que debía descartarse.
El abogado Martín Barbará, que representó a Virginia Ruiz, explicó que en el expediente se cumplieron todos los pasos previstos por la ley: primero se agotó la vía administrativa y, solo tras su rechazo, se recurrió a la Justicia. Según el letrado, cuando el Ministerio de Salud compareció ante la Cámara, llegó a reconocer la relación entre la vacuna y la muerte, aunque argumentó que no haría efectiva la indemnización por la existencia de una causa judicial pendiente. El tribunal rechazó esa postura y descartó también la exigencia de nuevos trámites administrativos, considerando que eso implicaría vaciar de contenido el acceso a la jurisdicción.
Una indemnización histórica
La ley 27.573, que creó el Fondo de Reparación Covid-19, establece compensaciones para quienes sufrieran daños físicos como consecuencia directa de las vacunas aplicadas durante la pandemia. En casos de fallecimiento o incapacidad total, la norma prevé una suma equivalente a 240 jubilaciones mínimas.
La sentencia de la Cámara Federal de Córdoba concluye que el caso de Sartori encuadra plenamente en los supuestos indemnizables previstos por esa ley. El Estado nacional tiene ahora treinta días para hacer efectivo ese reconocimiento. Para Virginia Ruiz, médica que perdió a su hija de 24 años mientras intentaba proteger a otros, el fallo representa algo que buscó durante casi cinco años: que la Justicia establezca, con todas las letras, qué fue lo que ocurrió.